¿Qué es y cómo obtenerla?
En Paraguay, la Constancia de No Retención de IVA es un certificado otorgado por la DNIT, que permite a empresas o personas físicas que cumplen con las condiciones establecidas, evitar ser retenidos en sus operaciones comerciales. Esto significa que, cuando estas empresas venden productos o prestan servicios, sus clientes no les retendrán el IVA correspondiente.
¿Quiénes pueden solicitarla?
Todos los contribuyentes que cumplan con los siguientes criterios:
a) Estar al día con sus obligaciones tributarias.
b) Tener declarado un correo electrónico en el RUC y contar con clave de acceso confidencial de usuario.
c) Presentar en formato digital (con extensión .xls u .ods) en un medio de almacenamiento externo (CD o DVD), los siguientes documentos:
c.1) Listado de clientes respecto a los cuales solicita la Constancia de No Retención, detallando el nombre y apellido o razón social y el RUC.
c.2) Planilla comparativa de los Estados Financieros de los últimos 5 (cinco) ejercicios fiscales, conforme al formato requerido en la Resolución General Nº 49/2014.
Beneficios de contar con la Constancia de No Retención de IVA
Obtener esta constancia ofrece varios beneficios:
1. Mejor flujo de caja: Al evitar la retención de IVA, las empresas no tienen que esperar la devolución del monto retenido por parte de la DNIT, lo que mejora su liquidez.
2. Simplificación administrativa: Se reducen las gestiones relacionadas con las devoluciones de impuestos y las conciliaciones contables.
3. Imagen de cumplimiento: Contar con este documento refleja una buena gestión tributaria y da confianza a clientes y socios comerciales.
¿Cómo obtener la Constancia de No Retención de IVA y cuánto demora?
El proceso para solicitar la constancia se realiza ante la DNIT presentando los recaudos exigidos por mesa de entrada. Los pasos son los siguientes:
1. Completar los formularios solicitados, adjuntando la información necesaria.
2. Una vez presentada la solicitud, la DNIT evaluará el cumplimiento de los requisitos y, de ser aprobada, emitirá la constancia de forma electrónica en un plazo de sesenta días.
Vigencia y Renovación
Es importante tener en cuenta que esta constancia tiene una vigencia limitada, hasta el 31 de diciembre de cada año. Una vez vencida, deberá ser renovada a través del mismo procedimiento, siempre y cuando se continúe cumpliendo con los requisitos exigidos por la DNIT.
Nuestro equipo de expertos está disponible para acompañarte en este proceso, asegurando el cumplimiento de la normativa fiscal y optimizando tus operaciones.
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